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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

OFICINA GENERAL DE TRIBUTACIÓN

BENEFICIO TRIBUTARIO

CONOCE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS

PENSIONISTAS Y ADULTOS MAYORES

BENEFICIOS RESPECTO AL IMPUESTO PREDIAL

Deducción para pensionistas y/o Persona Adulta Mayor No Pensionista (Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF y Ley N° 30490 y su Reglamento).

Deducción de 50 UIT de la base imponible para el cálculo del impuesto predial. Es decir, tributará sólo por la parte que supere el tope de S/ 247,500 para el 2023. La base imponible es el valor del predio o la suma de predios que uno tenga en el distrito de Cusco

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